viernes, 31 de marzo de 2017

Críticas al sistema de Copyright


Según la Convención de Berna, la mayor parte de las obras deberán estar protegidas durante toda la vida del autor y no menos de 50 años después de su muerte. En la mayoría de países, este plazo de protección ha sido prolongado hasta 70-90 años después de la muerte del autor. El enlace con la prolongación de la vida del autor coloca en condiciones desiguales a autores longevos y a autores fallecidos a temprana edad. Las primeras obras de los autores pueden estar bajo protección hasta aproximadamente 150 años (dependiendo del término de vida del autor), mientras que las obras tardías, aproximadamente unos 70 años después de la muerte del autor.

Este hecho pone a inventores e ingenieros en condiciones desiguales en comparación con los autores protegidos con el derecho de autor. Cálculo infundado de la duración de la protección[editar] Los derechos de autor pertenece a los autores, aunque es posible su cesión a terceros en diferentes términos y acuerdos, no obstante, cada cesión que el autor otorga deja más débil su patrimonio. La cesión de parte de los derechos de autor a los editores, cada vez es menos necesaria, ya que la figura del editor musical, hoy en día, se ha convertido en algo superfluo en la industria, y solo sirve a los intereses de grandes empresas a las que están asociadas, de forma directa que, tras la caída de venta de soportes discográficos, buscan sus beneficios en los derechos de propiedad intelectual. Algo que para los autores resulta sumamente injusto.

Hoy por hoy, se desaconseja de forma expresa, la cesión de derechos editoriales más allá de la vida del autor, pues tras el fallecimiento del mismo, los derechos de sus obras debieran de volver a ser patrimonio de sus herederos o, en todo caso, renegociables. La cesión del 50% de los derechos de autor en los contratos editoriales se torna también abusiva, y se recomienda una negociación de esos porcentajes, una cesión máxima del 30%, y un contrato editorial con unas claras contraprestaciones al autor, que en la mayoría de los casos no se producen. El panorama de los Derechos de Propiedad Intelectual está cambiando, y la legislación va muchos pasos por detrás de la propia evolución y cambios de la industria. Urge una profunda revisión del reparto de Derechos en todos los ámbitos comerciales de la industria musical pero, especialmente en el mercado Online, en donde se adoptó un modelo basado en la venta física, y que hoy no sirve, que es tremendamente injusto con los creadores, con los artistas y ejecutantes, y también con los propios consumidores.

Métodos de aplicación de Copyleft

La práctica habitual para conseguir este objetivo de explotación sin trabas, copia y distribución de una creación o de un trabajo (y sus derivados) es la de ofrecerlo junto con una licencia o contrato. Esta debería estipular que cada propietario de una copia del trabajo pudiera: Usarla sin ninguna limitación. Libertad de estudio (ver cómo está hecho el trabajo). (re)distribuir cuantas copias desee. Modificarla de la manera que crea conveniente. Estas cuatro libertades básicas, sin embargo, no son suficientes aún para asegurar que una obra derivada sea distribuida bajo las mismas condiciones no restrictivas: con este fin, la licencia debe asegurar que el propietario del trabajo derivado lo distribuirá bajo el mismo tipo de licencia.


Otras condiciones de licencia adicionales que podrían evitar posibles impedimentos a las tres libertades básicas anteriores son: las condiciones de la licencia copyleft no pueden ser revocadas; el trabajo y sus derivados son siempre puestos a disposición de manera que se facilite su modificación. Por ejemplo, en el software, esta facilidad suele asociarse a la disponibilidad del código fuente, donde incluso la compilación de dicho código debería permitirse sin ninguna clase de impedimento. idear un sistema más o menos obligatorio para documentar adecuadamente la creación y sus modificaciones, por medio de manuales de usuario, descripciones, etc.

En la práctica, para que estas licencias copyleft tuvieran algún tipo de efecto, necesitarían hacer un uso creativo de las reglas y leyes que rigen los derechos de autor, p.e., cuando nos referimos a las leyes del copyright (que es el caso más común), todas las personas que de alguna manera han contribuido al trabajo con copyleft se convertirían en (co) titulares de los derechos de autor, pero, al mismo tiempo, si nos atenemos a la licencia, también renunciarían deliberadamente a algunos de los derechos que normalmente se derivan de los derechos de autor, por ejemplo, el derecho a ser el único distribuidor de las copias del trabajo. Aunque depende de las leyes que rigen los derechos de autor, que pueden ser diferentes de un país a otro, la licencia final, que no es más que un método para alcanzar los objetivos del copyleft, también puede diferir de un país a otro.

Copyright VS. Copyleft



Las ventajas del Copyleft son:
  • Si se desarrolla al copyleft, beneficia en parte a los autores porque: la piratería va a seguir existiendo sea o no “legalizada”. Si no se opta por el copyleft, se seguirá distribuyendo la cultura sin respetar el nombre del autor ni sus condiciones (los desarrolladores no tendrán ningún problema en difundir y vender la cultura sin difundir el autor o la procedencia de la misma, es decir, el código fuente).
  • Si se opta por el copyleft, la cultura quedará de libre acceso para todos, y será gratuita, pero constará el nombre y las condiciones que el autor proponga. De este modo al autor se le respeta.
  • Permite un mayor control de los creadores sobre sus obras, investigaciones y proyectos a parte de obtienen también una remuneración compensatoria más razonable por su trabajo. Se permite al creador: elegir la licencia copyleft que mejor se ajuste a sus necesidades. Y una vez elegida la licencia y sus características particulares sólo tendrá que hacerlo constar en la obra lo más claramente posible y en cualquier otro sitio donde pueda quedar a disposición del público. 

Sus implicaciones son:
  • Quizás propicie la desaparición de escritores y músicos (hablando siempre de aquellos que no se han enriquecido ya de sus obras) de nueva generación o poco conocidos públicamente, que vivan de ello.
  • Los autores deben verse recompensados por su aporte cultural a la sociedad. Terceros no deben beneficiarse económicamente ni meritoriamente de una obra que no es suya.


Las ventajas del Copyright son:
  • El autor tiene todas las decisiones respecto a su obra. Es el único que podrá venderla, modificarla, distribuirla… hasta 70 años después de su muerte que ya podrá ser distribuida con libertad.
  • Todos los autores serán remunerados con un canon por cada copia privada que el Copyleft no tiene.

Sus implicaciones son:
  • Se podría decir que las principales ventajas del copyleft son los inconvenientes del copyright, pero sobre todo el que más destacamos es que se debe pagar un canon digital sobre muchos objetos, como CDs vírgenes, reproductores de video, de dvd, de música, etc. Este canon lo debe pagar todo el mundo por la simple y controvertida razón de que puedes incumplir la ley del copyright.
  • Cuando un producto no proporcione un método de parchear los fallos de seguridad, no se debe usar dicho producto, al menos hasta que no esté disponible un arreglo.

¿Qué sabemos del Copyleft?

El copyleft (sin derecho de copia o sin derecho de autor, en referencia a los derechos de autor) es una práctica que consiste en el ejercicio del derecho de autor con el objetivo de permitir la libre distribución de copias y versiones modificadas de una obra u otro trabajo, exigiendo que los mismos derechos sean preservados en las versiones modificadas. Se aplica a programas informáticos, obras de arte, cultura, ciencia, o cualquier tipo de obra o trabajo creativo que sea regido por el derecho de autor.


Los programas publicados sin copyleft vienen con permiso de redistribución y modificación, como así también con el permiso de agregarle restricciones. Si un programa es libre pero no tiene copyleft, es posible que algunas copias o modificaciones no sean libres en absoluto. El término surge en las comunidades de software libre como un juego de palabras en torno a copyright: «derecho de autor», en inglés (literalmente «derecho de copia») con otro sentido, el de left: pretérito del verbo dejar o permitir (literalmente «dejar copiar»), así como izquierda, en contraste con right, que es derecho. Se considera que una licencia libre es copyleft cuando, además de otorgar permisos de uso, copia, modificación y redistribución de la obra protegida, contiene una cláusula que dispone una licencia similar o compatible a las copias y a las obras derivadas.

Sus partidarios lo proponen como alternativa a las restricciones que imponen las prácticas tradicionales de los editores y de la industria del entretenimiento al ejercer los derechos patrimoniales que detienen y gestionan para los autores, a la hora de autorizar hacer, modificar y distribuir copias de una obra determinada. Se pretende así ofrecerle a un autor la posibilidad de liberar una obra, escogiendo una licencia libre que permita su utilización, copia, modificación y redistribución, al mismo tiempo que, mediante el copyleft, se garantiza que se preserven estas libertades para cualquier receptor de una copia, o de una versión derivada.